Un aluvión de comentarios ha
suscitado la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por la se declara
que la llamada doctrina "Parot” vulnera el artículo 5 del Convenio Europeo
de Derechos Humanos al aplicar el Tribunal Supremo de forma retroactiva
jurisprudencia más desfavorable al reo. La doctrina “Parot” tiene su origen en
la sentencia del Tribunal Supremo del 28 de febrero de 2006 por la que los
beneficios penitenciarios se aplican respecto de la totalidad de las penas
impuestas en las sentencias y no sobre el máximo legal permitido en el Código
Penal; esta doctrina del TS evidentemente posibilita una mayor permanencia en
prisión del condenado y su revisión por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
reduce de manera importante la misma. Por tanto no se cuestiona el sistema
penal español ni la sentencia “pone” coto a una supuesta vulneración sistemática
de los derechos humanos en España; presentarlo de esta forma es desconocer los
términos del debate, con independencia de que se esté a favor o en contra de la
“doctrina Parot”. Se habla menos de que en 2003 se cambia el Código Penal (Ley
Orgánica 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro
y efectivo de las penas) y si los delitos de la etarra Inés del Río terrorista se hubieran cometido a partir de esa reforma
seguiría en la cárcel hasta 40 años, y la doctrina emanada de la referida
sentencia no cuestiona en absoluto esta situación de ampliación efectiva del
cumplimiento efectivo de las condenas.
Por todo esto me parece muy
imprudente que, sin un mínimo conocimiento de estos datos básicos, algunos
inicien un repique de campana para alabar esta sentencia como un supuesto
“triunfo” de los derechos humanos de los reos, presentando al sistema penal
español como una república bananera. Por
otra parte, comprendo el rechazo de unas víctimas con los nervios a flor de
piel (han matado a sus seres queridos), a mí tampoco me gusta ver en la calle a
esta etarra asesina al día siguiente de la sentencia, pero el dolor de las víctimas del terrorismo,
violaciones, asesinatos y otros crímenes horrendos debe ser respetado, nunca
utilizado de forma torticera por unos extremistas que te convierten de forma automática en amigo de
ETA si no aceptas al dedillo sus bravuconadas, intentando monopolizar la
natural rabia de las víctimas.
Se cuenta que, para pelotear de
forma indecente al golfo de Fernando VII, el rector de la Universidad de Cervera
mostró su adhesión al Rey traidor afirmando que “lejos de nosotros la peligrosa
novedad de discurrir”; me temo que algunos se han adherido a tan “intelectual”
hábito, y hablan, insultan y dictaminan, sin perder el tiempo en discurrir un
mínimo sobre una cuestión que, por afectar al dolor de quien ha sufrido una
violencia extrema, debe ser abordada con una exquisita sensibilidad, y por la
complejidad que tiene exige la mesura que debe otorgar el conocimiento y la
razón.
Hay que conseguir un debate
sereno y responsable, ni en el Tribunal Supremo son unos fascistas por aplicar
la “doctrina Parot” ni en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos son amigos de
los terroristas por sentenciar en su contra.